Grupos Parlamentarios y Comisiones: “manzana de la discordia” en la ACCM

Por Fernando Silva Triste

Luego de 15 días de instalada la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México (ACCM) y también de varios días másde discusionesprevios a dicha instalación, dicho órgano aprobó el Reglamento para el Gobierno Interior de dicha Asamblea. Es totalmente entendible el tiempo que duró la discusión, puesto que se trata de la determinación de las reglas de funcionamiento, de la manera en la que se darán los debates, pero sobre todo porque se trata de la forma en la que se organizará el trabajo de discusión entre las y los diputados constituyentes.

Sin duda alguna, la definición de la existencia o no de grupos parlamentarios, del número mínimo de sus integrantes, de la existencia de comisiones, su número y las temáticas que abordará cada una de ellas, no es cosa menor, puesto que tiene que ver con la fuerza política que cada partido representará en ese órgano y, al final de cuentas, tiene relación directa con la mayor o menor posibilidad de ganar votaciones. Es decir, en un tema, la manera en la que se conforman los grupos parlamentarios se refleja en el número de votos que puede tener en el Pleno de la ACCM cada partido político y, en el otro tema, entre más comisiones haya, las diferentes fuerzas políticas tienen más posibilidades de encabezar la discusión de los temas que consideren relevantes.

En cuanto a los grupos parlamentarios, se aprobó que se integren según afinidad de partido o política y por un mínimo de tres constituyentes en caso de la primera y cinco si es por afinidad política. Es razonable que, a diferencia de otros órganos parlamentarios, se haya decidido determinar la integración de fracciones a partir de afinidades de partido o políticas, no obstante que sea erróneo en términos teóricos porque lo partidista es político, es decir, las afinidades partidistas son políticas al mismo tiempo.

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Lo cierto es que, de otra manera, las personas designadas constituyentes por el Presidente y por el Jefe de Gobierno hubieran tenido que optar por un grupo parlamentario proveniente de algún partido político. Esta es una consecuencia más de lo sui generis, por decirlo de una manera tibia, de la forma en que se decidió integrar la ACCM por el Constituyente Permanente federal.

A final, en la ACCM habrá en total de 10 Grupos Parlamentarios: 8 conformados por  afinidad partidista (PAN; PRI; PRD; Verde Ecologista; Movimiento Ciudadano; Nueva Alianza; MORENA y Encuentro Social) y 2 por afinidad política (Grupo Constitucionalista, formado por 5 de los designados por el Jefe de Gobierno más el constituyente independiente -Ismael Figueroa- y el otro integrado por los 6 designados por el Presidente).

En lo concerniente a las comisiones, cada una de ellas deberá estar integrada por un mínimo de trece y un máximo de veintitrés constituyentes y son las siguientes: i. Comisión de Principios Generales (con las sesiones de a) Principios generales;b) Pacto fiscal;c) Estatuto de capitalidad;d) Estabilidad y reformabilidad constitucional; ye) Régimen transitorio); ii. Comisión de Carta de Derechos;iii. Comisión de Desarrollo Sostenible y Planeación Democrática;iv. Comisión de Ciudadanía, Ejercicio Democrático y Régimen de Gobierno;v. Comisión de Poder Judicial, Procuración de Justicia, Seguridad Ciudadana y OrganismosConstitucionales Autónomos;vi. Comisión de Alcaldías;vii. Comisión de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes; yviii. Comisión de Buen Gobierno, Combate a la Corrupción y Régimen de Responsabilidadesde los Servidores Públicos.

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A partir de la aprobación del Reglamento y de la integración de los grupos parlamentarios, ahora vendrán las discusiones y las negociaciones para integrar las Comisiones, en donde la misión de cada fracción será tener la mayor presencia posible a partir de su fuerza política. Si en los grupos parlamentarios llama la atención quién los coordina, en las comisiones habrá que poner atención en quién las preside.

 

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