Existen protocolos escolares por abuso a menores; ¿qué es el UAMASI?

Por Alejandra Rojas Sebastian

 

«Me voy a dormir, no quieres dormir conmigo», así eran los mensajes que le llevaban a María a su cuenta de Facebook por parte de su profesor.

 

La mamá de María había descubierto la lista de insinuaciones que recibía la adolescente de secundaria por parte de su maestro de historia. Muchos casos como estos de acoso y violación han surgido en las inmediaciones escolares.

 

La Secretaría de Educación Pública (SEP) sigue siendo la dependencia gubernamental con mayor número de denuncias por violación y acoso sexual llevada acabo por personal dentro de las escuelas.

 

¿Cómo surge UAMASI y su función en la SEP para la seguridad de los estudiantes?

 

En 1994, el Secretario de Educación Pública, José Ángel Pescador Osuna, giró una circular a todo el personal de educación dando como punto prioritario la protección a menores y rechazando energéticamente cualquier acto delictivo de naturaleza sexual cometido contra menores dentro de los planteles educativos por personal de la secretaría y presentando como consecuencia inmediata la destitución y aplicación de sanciones penales.

 

Es hasta  1999 que surge UAMASI (Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil) únicamente como un programa más de la SEP, pero es hasta el gobierno de Vicente Fox que queda consolidado como Unidad de investigación, sin embargo, sigue siendo dependiente de la SEP ya que los especialistas son docentes  psicólogos comisionados que apoyan en el área.

 

Su finalidad es coadyuvar a la erradicación del maltrato y abuso sexual infantil al interior de las escuelas con implementación de talleres preventivos, cursos a docentes, sugerencias, pero en ningún momento se establecen sanciones sobre el personal acusado.

 

En el 2002, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), después de analizar varios casos de violencia sexual contra menores de edad en instituciones públicas, giró una recomendación de cómo actuar, prever y en qué casos se considera violencia sexual. Para el 2013, nuevamente se vuelven a emitir las recomendaciones a padres de familia.

 

Durante la investigación de las quejas que se presentaban en los planteles se elaboraba un informe de la intervención realizada, pero no siempre se realizan o son llevadas debidamente,  por lo que UAMASI estableció una línea de acción con criterios unificados para actuar ante dicha investigación.

 

En 2008 la Unidad de atención se incorpora a la Coordinación de asuntos jurídicos de la Secretaría de Educación y se observa que los expedientes están incompletos, con faltantes de documentos y el seguimiento de los casos.

 

En el 2010, se elaboró e inició la aplicación de un Protocolo de Intervención para unificar criterios y estandarizar la intervención de los especialistas encargados de sustanciar los casos y se determinó utilizar un solo Informe de Intervención.

 

Actualmente, a pesar de tener un avance este tema, la SEP sigue siendo la dependencia gubernamental con mayor número de denuncias por violación y acoso sexual llevada acabo por personal dentro de las escuelas, y aunque existe un protocolo de acción, al final de la investigación sólo se limita a dar recomendaciones de acción para prevenir otro caso, pero no hay una sanción directa a los servidores públicos.

 

La mayor parte de las denuncias hechas ante la UAMASI se refieren a conductas donde el ofensor es un adulto que forma parte del personal escolar.

 

Este tipo de quejas representan 85.78% del total para el periodo estudiado. El personal escolar no sólo está compuesto por docentes y directivos, sino también por personal de apoyo a los servicios educativos (orientadores y prefectos), administrativo (secretarias y controladores) y de mantenimiento (conserje, velador e intendentes).

 

La UAMASI contribuyó a que la violencia escolar se percibiera como un problema de interés público que afectaba a muchas escuelas, desde sus formas más severas, como el abuso sexual, hasta las más sutiles y menos visibles como el maltrato psicológico.

 

CNDH ante casos de acoso y violación dentro de la SEP

 

El entonces presidente de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, dirigió cinco recomendaciones al exsecretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet, por violaciones a la integridad personal de los menores, y advirtió que  la violencia sexual en escuelas se debe a la falta de prevención, investigación, sanción y atención parte de las autoridades escolares, además de la falta de normatividad y protocolos para proceder en estos casos, así como negligencia de algunas autoridades.

 

Las recomendaciones emitidas por la CNDH a la SEP señala que en diversos estados no se cuenta con lineamientos para prevenir, investigar, sancionar y reparar los casos de violencia en contra de los y las niñas de las escuela públicas por lo que se emiten reglas de prevención investigación y reparación  de casos de violencia sexual.

 

La recomendación señala que  la SEP,  en su carácter de autoridad rectora del sistema educativo, debe emitir una normatividad con los criterios mínimos de actuación aplicables en casos de violencia sexual en las escuelas de todo el país.

 

Dicha recomendación se enfoca en la violencia sexual contra niñas y niños, ocurrida en centros escolares públicos y privados, federales y estatales, incluyendo a la Ciudad de México.

 

Por lo que es importante estudiar el funcionamiento institucional de la dependencia, se exponen las tendencias de las denuncias atendidas a partir de cinco variables: ciclo escolar, delegación, turno y nivel educativo del plantel del cual proviene la denuncia, así como el motivo que la generó. Lo anterior, con base en la información de 3 mil 242 quejas interpuestas de 2001 a 2007.

 

¿Qué recomienda la CNDH ante estos casos?

 

  • Dar un seguimiento de ayuda a los alumnos y padres de familia en su recuperación emocional y presentar el informe del mismo.
  • Que se impartan cursos de capacitación obligatoria a todo el personal, tanto docente como administrativo, que labora en los planteles de educación inicial y básica sobre prevención e identificación del abuso sexual infantil, y se remitan a esta Comisión Nacional las constancias con que se dé cumplimiento.
  • Se conozca  el procedimiento que deben de seguir para levantar las actas, quejas o denuncias correspondientes por violencia, maltrato, acoso y abuso sexual, de acuerdo a los Lineamientos
  • Se instruya sobre los derechos de los niños y la obligación que tienen al estar encargados de su custodia, de protegerlos contra toda forma de maltrato, perjuicio daño, agresión, abuso, trata y explotación.
  • Que la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil realice investigaciones ágiles y exhaustivas, velando siempre por el interés superior del menor, y se tome en cuenta, en todo momento, a las víctimas, y se envíen constancias a este organismo nacional de las pruebas de su cumplimiento.
  • Identificar las zonas de riesgo que los expongan a sufrir cualquier tipo de violencia y/o abuso sexual infantil.
  • La Procuraduría General de la República para que en el ámbito de su competencia se inicie la averiguación previa que en derecho corresponda, por tratarse de servidores públicos federales cuya conducta motivó este pronunciamiento.
  • Se realice una investigación en las escuelas para corroborar que no existan más víctimas de abuso sexual.

¿Cuál es el protocolo de UAMASI y las escuelas que deben seguir?

 

La unidad surge como un programa más de la SEP, sin embargo, por su gran impacto en la sociedad, se convirtió en una unidad, aunque aún le falta la independencia de la SEP, ya que son docentes y psicólogos que están comisionados para realizar las actividades de búsqueda y apoyo en casos de violencia dentro de las escuelas.

 

Apoyan a cualquier persona que tenga una queja o demanda que esté relacionada con la violencia en las escuelas, incluyendo la sexual, siguiendo un protocolo unificado que aplican en cualquier nivel educativo:

 

Protocolo de seguimiento ante la un reporte a UAMASI

 

Según lineamientos de la SEP cómo debe proceder una escuela cuando en el centro escolar un niño o una niña revela a algún docente, directivo o quien forme parte del personal que labora en el centro, que está siendo víctima de abuso sexual, es responsabilidad de esta persona atender de inmediato la denuncia considerando, en primer término; el procedimiento de intervención y a la vez tomar las medidas de acuerdo a los Aspectos Generales, Integridad del Alumno,( numeral 41) de Los Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos en el D.F. Ciclo Escolar 2010-2011 (pp. 19-20).

 

 La Secretaría de Educación Pública emitió una guía de acción para casos de abuso sexual, «Modelo para la prevención, atención y seguimiento de la violencia, maltrato, acoso escolar y abuso sexual infantil»donde establece como objetivos: prevenir, intervenir, atender, dar seguimiento, capacitar al personal, investigar y proponer alternativas de prevención.

 

Establece que sin excepción se debe dar seguimiento a cualquier caso que levante sospecha de abuso o acoso sexual y que el director del plantel debe dar aviso inmediato a su jefe inmediato (supervisor de zona) y cuando UAMASI lo requiera, permitir el acceso a la escuela.

 

El director elaborará un acta de hechos del caso y será enviada a su jefe inmediato y se solicitará el apoyo inmediato del área jurídica correspondiente.

 

Mientras tanto, el director solicitará permiso a los tutores entrevistar a los alumnos y entrevistará a todo aquel se esté directamente involucrado.

 

El docente que esté en sospecha sea removido del grupo inmediatamente para salvaguardar la seguridad del alumno (a) y de todos los alumnos del grupo para poder realizar una investigación objetiva y minuciosa.

 

Una vez concluida la investigación, la autoridad escolar determinará el procedimiento a seguir como:

 

a) Extrañamientos y amonestaciones verbales o escritas.

b) Notas Majas en la hoja de servicio.

 

¿Qué ocurre en el Marco penal y legal en la CDMX ante situaciones de acoso o violación a menores?

 

De acuerdo al Marco legal establecido en el Código penal del Distrito Federal (Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Comisión de Administración y Procuración de Justicia)

 

Según los siguientes artículos:

 

Art. 209. Bis. Se aplicará de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.

 

Los delitos sexuales se encuentran comprendidos en el Título Quinto del Código Penal para el Distrito Federal y cuyo bien jurídico tutelado es la libertad, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.

Se considera Violación al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo se impondrá prisión de 6 a 17 años.

 

Mientras que se considera abuso sexual al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo (de 1 a 6 años) si se hiciere uso de violencia física o moral, la pena se aumentará en una mitad.

 

Se persigue por querella salvo que concurra violencia y de acuerdo al artículo 178 las penas previstas para la violación y el abuso sexual se aumentaran en 2 terceras partes, cuando fueren cometidos por la persona que tenga al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en ella depositada.

 

Iniciativa con proyecto decreto por el que se adiciona el artículo 266 bis del Código Penal Federal

 

Un comunicado del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señala que es preocupante el número de casos reportados de abuso sexual por parte de profesores hacia sus alumnos.

 

Un reporte de la Secretaría de Educación Pública, demuestra que durante el 2008 se registraron varios casos de abuso sexual por semana, llevado a cabo por parte de los maestros o trabajadores, hacia los niños o niñas en las escuelas públicas del país, lo que representa un aumento de 31 por ciento respecto del año 2004. El reporte de la SEP, destaca que se promedió una denuncia de abuso sexual y maltrato cada dos días de clase.

 

El abuso sexual y la violación, son manifestaciones graves de maltrato hacía los individuos, y ocurren cuando se utiliza la seducción, el chantaje, las amenazas, la manipulación psicológica o cuando se valen de su posición jerárquica para involucrar a una persona en actividades sexuales de cualquier tipo.

 

Lo más lamentable de esta situación, es que el abuso sexual y la violación a niños y jóvenes perpetrada por maestros o trabajadores de escuelas, en pocas ocasiones son llevados ante la justicia penal y su sanción máxima por parte de las autoridades educativas es su traslado a otro colegio.

 

¿Qué ocurre después de investigar casos de violación o abuso en la SEP o UAMASI?

 

No existen sanciones reales ante casos de abuso sexual infantil en la SEP, mientras que UAMASI únicamente se limita a diagnosticar el caso  y a presentar un informe de los resultados obtenidos de la investigación, pues en la SEP sólo existe sanción administrativa por parte de la SEP a los docentes que incurren en dichas acciones.

 

En ocasiones, los directivos no siguen el protocolo de acción, haciendo caso omiso de casos en las escuelas.

 

En la mayoría de los casos, la línea de seguimiento en las escuelas, únicamente se llega a un acuerdo con los tutores del menor, al remover del grupo o de escuela al profesor implicado.

 

En entrevista con la especialista de UAMASI, Tania de Alba, mencionó aspectos importantes durante la investigación en las instituciones públicas.

 

Como primer punto, menciona que dentro de la delegación de Iztapalapa, que es una de las más grandes del Distrito Federal y que a pesar de tenerse la creencia de se una zona conflictiva y delictiva, es una de las delegaciones donde al ocurrir una situación de abuso sexual se procede de manera inmediata, oportuna y acertada y que las delegaciones como Xochimilco y Milpa Alta son ahora las que más demandas presentan.

 

La  forma de  proceder en UAMASI es tratar de prevenir  y hacer un seguimiento correctivo de dicha situación, pues se implementan talleres para los alumnos, docentes y en ocasiones para padres de familia, en la escuela donde  asisten a investigar algún caso de abuso sexual.

 

Por otro lado, los talleres que se ofrecían a los maestros que estaban involucrados en acusaciones de abuso sexual ya no se realizan aunque vienen estipulados en los lineamientos de UAMASI.

 

También comentó que aquellos profesores que se tuvo una primera demanda, que se investigó y se cambió de escuela o se llegó a un acuerdo con los padres de familia, pero vuelve a incurrir en otra situación se tiene en estado de alerta.

 

Actualmente, no sólo se hace una investigación en las escuelas, sino que además dan un acompañamiento a los y las alumnas para ayudarlos en caso de daños psicológicos del menor, pero también se hace un acompañamiento porque en muchos de los casos de violencia en escuela se derivan de violencia en el hogar, incluso se llegan a descubrir casos de abuso en la casa que están ajenos a la escuela.

 

También puntualizó que en ocasiones los profesores no incurren a ninguna falta, que hay casos donde el profesor utilizó términos sexuales porque el tema lo justificaba, como en el caso de Civismo o Biología y que aún así no se aclara la situación en la comunidad escolar, y la imagen del profesor  “queda denigrada ante los padres de familia como si fuera culpable”.

 

Retoma la importancia del Desarrollo personal que ahora se le da mayor peso en la escuela como el empoderamiento del autoestima  en el área de desarrollo personal y para la convivencia  que se trabaja en Civismo y Formación Cívica y ética.

 

El trabajo de UAMASI está en realizar investigación de campo dentro de las escuelas, dar un seguimiento y prevenir nuevos casos en las escuelas, con el informe que envía UAMASI sirve para levantar un acta administrativa en la escuela.

 

En entrevista con la supervisora de escuelas secundarias comentó que por lineamiento se procede inmediatamente a separar al docente del grupo en el momento que se tenga una denuncia para que  la menor no se sienta acosada, asediada o amenazada por parte del docente, dejar pasar esta situación es como ser cómplice de ello, aun si sólo está en calidad de presunto.

 

“Cuando la alumna dice, ‘me siento incómoda, cómo me ve, o me tocó el hombro, me sentí rara’, es señal de que hay abuso, abuso no sólo es hasta tener relaciones sexuales, sino con estas acciones”, afirmó.

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