El agua recurso hídrico o derecho socialmente colectivo

Por Roque Juan Carrasco Aquino

“…de las mercancías. «Sus propiedades corpóreas entran en consideración, única y exclusivamente, en la medida en que ellas hacen útiles a las mercancías, en que las hacen ser, pues, valores de uso.» (“Fuente: SECCIÓN PRIMERA: MERCANCÍA Y DINERO CAPITULO I de El Capital”) Pero, por otra parte, salta a la vista que es precisamente la abstracción de sus valores de uso lo que caracteriza la relación de intercambio entre las mercancías” (Marx, Carlos; 2022: 26).

Cuando nos referimos a un recurso humano universal, por ejemplo, el agua, bosques, ríos, mares, oxígeno y todo el hábitat interrelacionando con el “metabolismo social” (Marx; 1867: 84), en cuanto convertir del valor de uso primitivo al valor de cambio, es la metamorfosis de la mercancía, misma que el agua, hoy día, lo están llevando hacia esa dirección; es una realidad por defender en cuanto a su valor de uso universal y sin exponer tal cual mercancía para la acumulación de capital.

Algunos puntos importantes por reconsiderar para analizar por qué es necesario reformar el Poder Judicial, como parte del Plan “C” de AMLO. Además, está en manos del pueblo para su determinación en beneficio de las grandes mayorías.

Como un primer inicio del debate, retomando la Ley de Aguas Nacionales (LAN) en su Artículo 1º -del Capítulo Único- plantea que, “…es de observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable” (LAN; 2023: 1). Presenta a mi juicio algunas imprecisiones:

1. Es necesario precisar el contexto, no se aprecia del todo como un elemento objetivo: “sus disposiciones son de orden público e interés social…”; ¿A qué se refiere en abstracto orden público y social? Es el punto donde se permite aparentemente a apropiarse de todos: sí a los que más tienen y los que en contubernio con la clase política-económica, ostentan las leyes a su antojo. He ahí el acaparamiento privado bajo el pretexto de que es para el interés público y social. Sin aclarar a los verdaderos intereses impuestos; ¿quiénes podrían beneficiarse y en qué situación persisten los que menos tienen y no lograrán adquirir el agua en el mercado especulativo? Ese es uno de los problemas nacionales a revocar para que el agua sea de y para el pueblo: el agua es de quien la necesita y sin mercantilizar.

2. En otro segundo punto a precisar de parte de los legisladores, pero no de los neoliberales del salinismo de las reformas de 1992; sino después de los debates y ventilados por el pueblo; ahora sí discutidos y aprobados por la reforma verdadera y no del Poder Judicial, continuando: “…tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas…”. Nuevamente, en suspenso ¿Quién debe regular la explotación? Si realmente se desea regular el uso o, mejor sería el consumo humano y no cosificarlo; es decir en el sentido de Georg Lukacs: “Pues la mercancía no es conceptuable en su naturaleza esencial sin falsear más que como categoría universal de todo el ser social. Sólo en este contexto cobra la cosificación producida por la relación mercantil una importancia decisiva (Lukacs; s/f: 6), entonces que el pueblo regule, administre, controle, dictamine y destine la explotación para resolver las necesidades de los que menos tienen. Ese es posible para abastecerse del agua líquido vital para la sobrevivencia en la era de la mercantilización. Por supuesto en contra del valor de cambio del recurso universal de la humanidad.

3. En cuanto a la generalidad intencionada para no especificar sustancialmente el fin último de calmar la sed de la humanidad. Se confunde el “control”, ¿en abstracto? por el acaparamiento privado; confunden el recurso de la vida con la idea de la “distribución”. De ahí entonces la opacidad de los términos: “su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad…”. El discurso demagógico aún en estos tiempos, se asumen como la distribución está alejada de la producción, consumo, distribución y circulación; pues ahí el valor de uso del agua debe prevalecer por encima del valor de cambio: “Los valores de uso forman el contenido material de la riqueza, cualquiera que sea la forma social de ésta. En el tipo de sociedad que nos proponemos estudiar, los valores de uso son, además, el soporte material del valor de cambio” (Marx; 1867: 85). Se enajena para centralizar en manos de especuladores mercantilistas; por supuesto en detrimento de los consumidores de necesidades con carencias del vital elemento dotado por la naturaleza. Conscientes de que, la distribución y control, son parte constitutivas de la privatización y de acaparamiento capitalista del sector empresarial, “nacional” y extranjero. He ahí el cinismo para la circulación y distribución y control del mercado.

Esa reforma salinista, es decir, en el sentido neoliberal: “…la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable” (¿sustentable? ¿para quién?) en ese entonces, pese a sus fallos hacia la burguesía, las trasnacionales, los intermediadores, los especuladores mercantilistas traficantes de pipas y controladores de pozos regulares e irregulares, es lo que el Poder Judicial en Santa Alianza con estos corruptos desean controlar, explotar, especular, chantajear, encarecer y que el pueblo tolere el mercado de la sed de los mexicanos.

En cuanto a las contradicciones del presente, la crisis ya está en “44 millones de mexicanos no tienen acceso al agua de manera cotidiana (advirtió Juan Luis Hernández Pérez, del Instituto de Investigaciones Sociales (IIS) de la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM” (TOP 5; 2022). 

Asimismo, mencionó que, “…siete empresas nacionales y extranjeras tienen 70 por ciento de las concesiones para el manejo de este recurso en México, entre las que se encuentran bancos, empresas agrícolas, y cadenas del sector agroalimentario” (El Financiero, 2022). 

Las vicisitudes del pueblo frente a la privatización y concesiones a las empresas trasnacionales despojan el recurso agua de las comunidades ¿Hasta cuándo, pueblo, permitirás el pillaje?

Referencia

 – Cámara d Diputados del H Congreso de la Unión (2023): Ley de Aguas Nacionales. En línea. Página web: Ley General de Educación (diputados.gob.mx)

– El Financiero (2022): Hay agua… pero mal repartida: siete empresas acaparan 70% del líquido en México. En línea. Página web: Hay agua… pero mal repartida: siete empresas acaparan 70% del líquido en México – El Financiero.

– Lukacs; Georg (s/f): La cosificación y la consciencia del proletariado.  Línea. Página web: file:///C:/Users/Usuario/Downloads/la-cosificacion-y-la-consciencia-del-proletariado%20(1).pdf.

– Marx, Carlos (2022): El Capital. Libro Primero, volumen 1, Sección 1. El proceso de producción. En línea. Página web: http://www.marxmadera.org/sites/marxmadera.org/files/marx_karl_-_el_capital_-_tomo_i._el_proceso_de_produccicn_del_capital.pdf.  

– Marx, Carlos (1867): El Capital. Tomo I. en línea. Página web:  file:///C:/Users/Usuario/Downloads/01.%20El%20capital%20autor%20Karl%20Marx%20(1).pdf.

– Marx, Karl (1867): El Capital (Libro Primero) El proceso de producción del Capital. En línea. Página web: https://www.javiercolomo.com/index_archivos/Literatura/Marx/Tomo1.pdf.  

– Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 1º de diciembre de 1992. En línea. Página web: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAN.pdf.

-TOP 5 (2022): En México, 7 empresas acaparan 70% de las concesiones para manejo de agua, en línea. Página web:  https://fwd.com.mx/2022/06/21/en-mexico-7-empresas-acaparan-70-de-las-concesiones-para-manejo-de-agua/.

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