Feminicidios y criminalización del aborto, grandes pendientes de México en DDHH: ONU

Por Rivelino Rueda

Foto: Eréndira Negrete

En México persiste la falta de armonización en la tipificación del delito de feminicidio; protocolos de actuación para la investigación criminal de estos asesinatos en contra de mujeres; el reducido número de enjuiciamientos y condenas en casos de violencia contra mujeres y niñas, en virtud del delito de feminicidio, así como la criminalización de mujeres que recurren a la interrupción voluntaria del embarazo por violación, incesto o malformación del feto.

Desde Ginebra, Suiza, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU-DH) emplazó al Estado mexicano a armonizar la tipificación del delito de feminicidio en todo el país.

Además, exhortó a fortalecer los protocolos de actuación para la investigación criminal del feminicidio, y establecer sin demoras mecanismos efectivos encargados de procesar e implementar las órdenes de protección establecidas en la la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)

“A la ONU-DH le preocupa la falta de armonización de la tipificación del delito de feminicidio entre la LGAMVLV y los códigos penales estatales, así como sus protocolos de actuación para la investigación criminal del feminicidio”, subrayó el organismo.

En ese sentido, también manifestó su preocupación sobre los desafíos en la implementación del mecanismo de alerta de violencia de género, incluyendo la falta de recursos financieros y la falta de información por parte de las autoridades encargadas de su coordinación.

Al respecto, llamó a las autoridades mexicanas a facilitar la presentación de denuncias por parte de las víctimas, asegurar que todos los hechos violentos en contra de mujeres y niñas sean investigados con perspectiva de género y de manera diligente, pronta, exhaustiva e imparcial, que los autores sean enjuiciados y sancionados y que las víctimas puedan obtener asistencia, medios de protección y una reparación integral.

También emplazó a “proseguir sus esfuerzos de formación para el personal de las instituciones judiciales, de la policía y expertos forenses (peritos), destinados a eliminar los estereotipos de género y a evitar la doble victimización de las víctimas”, así como a “fomentar la participación y colaboración con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan por los derechos de las mujeres y niñas víctimas y supervivientes”.

En el apartado sobre “Interrupción voluntaria del embarazo y derechos reproductivos”, la ONU-DH calificó de “preocupante” la discrepancia existente entre las leyes penales estatales respecto a la interrupción voluntaria del embarazo, en donde, incluso “que en muchos estados se criminalice y/o se restrinja las causales de aborto”.

El organismo multilateral subrayó que esto “resulta en un elevado número de abortos inseguros y en procesamientos y condenas a penas de prisión”.

“El Comité nota con especial preocupación que en algunas entidades federativas se han creado obstáculos a la aplicación del artículo 35 de la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, sobre la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, que permite el aborto en caso de violación. Además, el Comité está preocupado por la falta de reglamentación sobre la objeción de conciencia introducida por la Ley General de Salud en 2018 y por la falta de garantías previstas para asegurar que dicha disposición no limite el acceso de las mujeres al aborto”, menciona el informe.

También preocupa, añade la ONU-DH, “casos de mujeres que acuden a hospitales públicos y son denunciadas por el personal médico o administrativo por el delito de aborto”.

“El Comité está preocupado por los altos índices de embarazo adolescente, el deficiente acceso a anticonceptivos de emergencia y por las informaciones que denuncian la falta de servicios adecuados de salud reproductiva y una deficiente ejecución del programa para impartir educación integral en sexualidad”, añade.

En el Informe Periódico sobre México 2019, el Comité señaló que también “está igualmente preocupado por las altas tasas de mortalidad materna entre las mujeres de comunidades indígenas”.

Al respecto, emplazó al Estado mexicano a “armonizar su legislación a nivel federal y estatal con el fin de garantizar el acceso legal, seguro y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo cuando la vida o la salud de la mujer o niña embarazada estén en riesgo, y cuando llevar a término el embarazo podría ocasionar un daño o sufrimiento sustancial a la mujer o niña embarazada, especialmente en los casos en que el embarazo sea el resultado de una violación o incesto o cuando no sea viable”.

Además, a “eliminar las sanciones penales a mujeres y niñas que se someten a un aborto y a proveedores de servicio médicos que las asistan en ello, dado que tales sanciones obligan a las mujeres y niñas a recurrir al aborto en condiciones poco seguras, así como garantizar que se respeten el secreto profesional del personal médico y la confidencialidad de las pacientes”.

Por último, la ONU-DH exhortó a “reglamentar la objeción de conciencia con el fin de que ésta no resulte en una barrera efectiva a la interrupción voluntaria del embarazo legal y segura”, así como a “garantizar el acceso pleno a los servicios de salud sexual y reproductiva, y a una educación integral en sexualidad basada en evidencia científica para sensibilizar a hombres, mujeres, niños y niñas en todo el país, incluyendo en las zonas rurales y remotas”.

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